Progresividad

De Enciclopedia Salmantina

La progresividad, en economía pública y teoría de la imposición, se define como la propiedad de un sistema fiscal en el que la proporción de la renta pagada en impuestos aumenta a medida que se eleva la renta del contribuyente.[1]

Justificaciones y objetivos

Desde la perspectiva de la hacienda pública, la principal justificación de la progresividad radica en el principio de equidad vertical, el cual prescribe que los individuos con mayor capacidad económica deben asumir una carga fiscal proporcionalmente superior para lograr una distribución justa del esfuerzo contributivo.[2] Asimismo, las teorías clásicas del sacrificio fiscal justifican la progresividad al asumir la utilidad marginal decreciente de la renta, argumentando que una extracción porcentual mayor sobre rentas elevadas minimiza la pérdida total de utilidad social.[3]

Por tanto, el objetivo fundamental de la progresividad no es únicamente la recaudación de ingresos públicos, sino también la moderación de la desigualdad de renta y la maximización del bienestar social colectivo.[4]

Medidas de progresividad local

Las medidas locales de progresividad evalúan el grado de progresión de la estructura impositiva en puntos específicos de la distribución de la renta, diferenciándose de los índices sintéticos globales.[2] Entre las formulaciones más destacadas figuran la progresión del tipo medio, que analiza el incremento de la tasa media impositiva ante variaciones en la renta, y la progresión de la cuota o elasticidad impositiva, que mide la elasticidad del impuesto respecto a la renta bruta.[5] Complementariamente, la progresión de la renta residual evalúa la elasticidad de la renta disponible postimpositiva con relación a la renta previa a la imposición, resultando una elasticidad inferior a la unidad cuando el impuesto es progresivo.[6] Jakobsson demostró que un sistema fiscal resulta inequívocamente igualador bajo cualquier criterio de dominancia de Lorenz si y solo si la elasticidad de la cuota impositiva es estrictamente superior a la unidad en todos los niveles de renta.[7]

Progresividad como separación de la proporcionalidad

La medición agregada de la progresividad se concibe frecuentemente como el grado de alejamiento o desviación de una estructura impositiva con respecto a un impuesto estrictamente proporcional.[8] Para capturar este fenómeno a nivel macroeconómico, Kakwani propuso un índice global definido como la diferencia entre el coeficiente de concentración del impuesto y el coeficiente de Gini de la renta previa a impuestos.[9] De forma paralela, Suits desarrolló un índice sintético basado en una curva de concentración que relaciona el porcentaje acumulado de impuestos pagados con el porcentaje acumulado de renta recibida, cuyo valor oscila entre menos uno y más uno.[10] Mientras que un impuesto proporcional arroja un índice de Kakwani o de Suits igual a cero, los valores positivos confirman la existencia de progresividad en la distribución impositiva agregada.[11]

Efecto redistributivo y sus componentes

El efecto redistributivo total de un impuesto refleja la variación en la desigualdad de la renta resultante del proceso de imposición, midiéndose habitualmente mediante el índice de Reynolds-Smolensky como la diferencia entre el coeficiente de Gini preimpositivo y el postimpositivo.[12] Dicho efecto redistributivo global puede descomponerse analíticamente en una función del grado de progresividad impositiva, el nivel medio de la carga fiscal y la presencia de distorsiones en la ordenación relativa de los contribuyentes.[13] En ausencia de reordenamiento de los individuos, el efecto redistributivo es directamente proporcional al producto del índice de progresividad de Kakwani y el tipo impositivo medio efectivo ajustado por la renta neta.[14] Sin embargo, la aparición del efecto reordenamiento o inequidad horizontal puede contrarrestar parcialmente la capacidad redistributiva del tributo, reduciendo el impacto igualador final alcanzado por la tarifa progresiva.[15]

Redistribución con tratamientos diferenciados

Tratamientos diferenciados, progresividad y efecto redistributivo

En los sistemas fiscales del mundo real, los contribuyentes difieren no solo en el nivel de sus ingresos preimpositivos, sino también en un conjunto heterogéneo de características no monetarias, tales como la estructura familiar, la presencia de cargas de dependencia, la discapacidad o la naturaleza y origen de sus fuentes de renta.[16] Para atender estas divergencias y adaptar la carga tributaria a la capacidad contributiva real, la legislación fiscal incorpora instrumentos de tratamiento diferenciado, entre los que destacan los mínimos personales y familiares, las deducciones específicas, las bonificaciones normativas o las tarifas diferenciadas según la tipología del hogar.[17] La presencia de tratamientos diferenciados altera profundamente la relación directa entre la estructura impositiva nominal y su impacto redistributivo global, puesto que unidades fiscales con un mismo nivel de renta bruta previa pueden terminar soportando cargas impositivas netas sustancialmente distintas.[18] Como consecuencia de ello, la progresividad agregada del sistema tributario no equivale a la mera proyección del comportamiento de la tarifa sobre un contribuyente individual representativo, sino que deriva de la interacción compleja entre los tipos medios efectivos aplicables a cada subgrupo de población y sus respectivas cuotas de renta total.[13]

Equidad horizontal y vertical: consecuencias distributivas y sobre la progresividad

El análisis de la justicia distributiva en el ámbito fiscal se articula formalmente a través de las dimensiones de equidad vertical y equidad horizontal.[19] La equidad vertical exige que los contribuyentes con mayor capacidad económica asuman una carga tributaria proporcionalmente superior, mientras que la equidad horizontal requiere que las unidades fiscales que disfrutan de una misma capacidad impositiva reciban un tratamiento idéntico por parte del sistema fiscal.[20] Cuando las deducciones normativas y los tratamientos diferenciados no responden a diferencias objetivas en las necesidades económicas o introducen distorsiones arbitrarias, se origina un fenómeno de inequidad horizontal, provocando que contribuyentes con la misma renta previa pasen a disponer de rentas netas dispares tras la imposición.[21] Además, estas diferencias impositivas entre iguales pueden suscitar un reordenamiento o permutación en la posición relativa de los contribuyentes a lo largo de la distribución, haciendo que individuos con menor renta preimpositiva superen en renta disponible postimpositiva a otros que originalmente se situaban por encima de ellos.[22] Desde la perspectiva del bienestar social y el diseño impositivo, tanto la inequidad horizontal como el reordenamiento actúan como una penalización que erosiona la capacidad redistributiva potencial que la tarifa progresiva habría alcanzado en un escenario de total homogeneidad tributaria.[23]

Descomponiendo la progresividad y el efecto redistributivo

Para cuantificar con rigor la influencia del tratamiento diferenciado sobre el resultado igualador de los impuestos, la literatura sobre hacienda pública ha formulado esquemas analíticos para descomponer sintéticamente el efecto redistributivo total.[24] Partiendo de la formulación de Reynolds-Smolensky, la redistribución global se define como la reducción en el coeficiente de Gini operada entre la renta preimpositiva y la renta postimpositiva.[25] En presencia de tratamientos diferenciados e inequidad horizontal, el modelo de descomposición de Aronson, Johnson y Lambert permite desglosar la redistribución observada en tres componentes aditivos: un efecto redistributivo vertical, un efecto de inequidad horizontal y un efecto de reordenamiento.[26] El efecto vertical mide la disminución de la desigualdad que se obtendría si todos los contribuyentes ubicados en un mismo nivel de renta preimpositiva fueran gravados con el tipo impositivo medio promedio correspondiente a dicho nivel; por su parte, el componente de inequidad horizontal evalúa la varianza o dispersión de la renta postimpositiva entre los iguales preimpositivos, mientras que el componente de reordenamiento capta la pérdida distributiva asociada a los cambios en el orden de rango de los individuos.[27] Finalmente, cuando la población se clasifica formalmente en grupos de hogar homogéneos según sus necesidades, las descomposiciones por subgrupos propuestas por Lambert y Ramos distinguen la progresividad vertical intragrupal, la progresividad intergrupal asociada a los ajustes distributivos entre categorías de hogares y la ineficiencia generada por los tratamientos diferenciados no justificados.[28]

Véase también

Notas

  1. ↑ Musgrave y Thin, 1948, p. 498.
  2. ↑ 2,0 2,1 Musgrave y Thin, 1948, p. 499.
  3. ↑ Lambert, 2001, p. 187.
  4. ↑ Lambert, 2001, p. 189.
  5. ↑ Musgrave y Thin, 1948, p. 500.
  6. ↑ Jakobsson, 1976, p. 162.
  7. ↑ Jakobsson, 1976, p. 164.
  8. ↑ Kakwani, 1977, p. 71.
  9. ↑ Kakwani, 1977, p. 72.
  10. ↑ Suits, 1977, p. 747.
  11. ↑ Suits, 1977, p. 748.
  12. ↑ Pfähler, 1987, p. 2.
  13. ↑ 13,0 13,1 Lambert, 2001, p. 191.
  14. ↑ Pfähler, 1987, p. 3.
  15. ↑ Lambert, 2001, p. 193.
  16. ↑ Lambert, 2001, p. 183.
  17. ↑ Lambert, 2001, p. 185.
  18. ↑ Lambert, 2001, p. 188.
  19. ↑ Lambert, 2001, p. 218.
  20. ↑ Lambert, 2001, p. 220.
  21. ↑ Lambert, 2001, p. 222.
  22. ↑ Lambert, 2001, p. 225.
  23. ↑ Lambert, 2001, p. 227.
  24. ↑ Lambert, 2001, p. 250.
  25. ↑ Lambert, 2001, p. 252.
  26. ↑ Lambert, 2001, p. 256.
  27. ↑ Lambert, 2001, p. 260.
  28. ↑ Lambert, 2001, p. 268.

Referencias

  • Díaz‐Caro, C.; Onrubia, J.; Pérez‐Mayo, J. (2013). «Progresividad y redistribución por fuentes de renta en el IRPF dual». Hacienda Pública Española/Review of Public Economics (206): 57-87. 
  • Jakobsson, Ulf (1976). «On the measurement of degree of progressivity». Journal of Public Economics (en English) 5 (1-2): 161-168. 
  • Kakwani, Nanak C. (1977). «Measurement of Tax Progressivity: An International Comparison». The Economic Journal (en English) 87 (345): 71-80. 
  • Lambert, Peter J. (1994). «La medición de la progresividad con diferencias de tratamiento fiscal». Hacienda Pública Española / Review of Public Economics (129): 97-103. ISSN 0210-1173. 
  • Lambert, Peter J. (2001). The Distribution and Redistribution of Income (en English) (3.ª edición). Mánchester: Manchester University Press. ISBN 978-0-7190-5732-8. 
  • Moyes, P.; Shorrocks, A. F. (1998). «The impossibility of a progressive tax structure». Journal of Public Economics (en inglés) 69 (1): 49-65. 
  • Musgrave, Richard A.; Thin, Tun (1948). «Income Tax Progression, 1929-48». Journal of Political Economy (en English) 56 (6): 498-514. 
  • Neill, J. R. (2000). «The benefit and sacrifice principles of taxation: a synthesis». Social Choice and Welfare (en inglés) 17 (1): 117-124. 
  • Onrubia, J.; Rodado, M. C.; Díaz de Sarralde, S.; Pérez, C. (2007). «Progresividad y redistribución a través del IRPF español: un análisis de bienestar social para el periodo 1982-1998». Hacienda Pública Española / Revista de Economía Pública (183): 81-124. 
  • Onrubia, J.; Sanz, J. F. (2003). Redistribución y bienestar a través de la imposición sobre la renta personal. Madrid: Instituto de Estudios Fiscales. 
  • Pfähler, Wilhelm (1987). «Redistributive Effects of Tax Progressivity: Evaluating a General Class of Aggregate Measures». Public Finance (en English) 42 (1): 1-31. 
  • Suits, Daniel B. (1977). «Measurement of Tax Progressivity». The American Economic Review (en English) 67 (4): 747-752.